La Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de la Unión General de Trabajadores (FSP-UGT) fue la que puso en conocimiento de la Fiscalía Provincial de Cádiz ya en febrero de 2021 las posibles irregularidades que presuntamente se habrían llevado a cabo en el Ayuntamiento de Barbate con los expedientes de cuatro trabajadores municipales. En la denuncia presentada ante el órgano judicial se especificaban dos casos de reclasificaciones y otros dos de readmisión tras despido para su investigación.
En los cuatro casos, el documento enviado por el servicio jurídico de UGT, al que ha tenido acceso Heraldo de Barbate, considera “que la conducta de los denunciados incurre en el tipo de prevaricación, establecida en el artículo 404 y siguientes de Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal”. Por ello, interpone denuncia ante la Fiscalía y pide para la investigación el requerimiento al Ayuntamiento de Barbate de los expedientes de un total de seis trabajadores: los cuatro que presuntamente presentan irregularidad y dos más de trabajadores readmitidos tras sentencias anteriores como comparativa de hechos.
En el caso de la reclasificaciones de categoría profesional, el documento pone de manifiesto cómo se redactaron sendos Decretos de Alcaldía en 2018 sin tener en cuenta la legalidad vigente y sin un Informe de Intervención que avalara dichos decretos, dejando claro que el procedimiento “no se ajusta a derecho” y para ocupar estas labores debería realizarse un proceso de oposición o concurso-oposición. Tras esto, en septiembre de 2018, la Delegación del Gobierno de la Junta en Cádiz emite una resolución por la que requiere al Ayuntamiento que anule los decretos, lo que desemboca en una Providencia de Alcaldía dos semanas más tarde para tal fin.
Sin embargo, la Asesoría Jurídica Municipal “emite informe, a pesar de la Providencia de Alcaldía, sobre los decretos en los que determina que no se ha incumplido la normativa y que son válidos”, reza el documento de UGT a la Fiscalía.
En el caso de uno de los trabajadores readmitidos tras sentencia por improcedencia del despido, para UGT no se siguió el procedimiento establecido. Así, tal y como puso en conocimiento de la Fiscalía: “la plaza en la que se ha reubicado el trabajador no existe, ni está recogida en la RPT ni en el catálogo de puestos de trabajo. Tampoco se requirió Informe de Intervención ni de la Secretaría General para conocer la tesorería actual”.
En el último caso, se repite la readmisión de un trabajador tras una sentencia por improcedencia del despido, aunque en esta situación sí se emitió un Informe de Intervención “por el que se consideraba que no existía consignación presupuestaria en los Presupuestos de 2019”. Aún así, el trabajador fue reincorporado.
Como comparativa sobre las circunstancias de las readmisiones en el Ayuntamiento, UGT también pidió a la Fiscalía que se solicitaran los expedientes de otros dos trabajadores que también ganaron sentencias por despido improcedente contra la Administración local. No obstante, lo que trata el sindicato es poner de manifiesto un “agravio comparativo”, ya que en estos casos se llegó al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, siendo un trabajador readmitido tras declararse nulidad en el despido y otro no a pesar de demostrar la improcedencia.
Con todo, UGT estima que “estos casos son fiel reflejo de lo que acontece en el Ayuntamiento de Barbate en relación con las cuestiones jurídicas. Trabajadores que tienen que litigar hasta el Tribunal Superior de Justicia y otros que en primera instancia son readmitidos, cuando era bastante más económico abonar la indemnización, y sin que se interpusiera recurso contra la sentencia de instancia”.
En los meses posteriores, la Fiscalía realizó una investigación en la que pidió al Ayuntamiento los expedientes de estos trabajadores para estudiar la posible constitución de delito. Sin embargo, a finales del pasado año, la propia Fiscalía Provincial de Cádiz decidió trasladar los hechos al Juzgado de Primera Instancia de Barbate, donde formuló una denuncia criminal para aclarar los hechos al no recibir la documentación requerida. El órgano judicial tomó esta decisión alegando que las circunstancias, “aparecen indiciariamente como constitutivos de un delito de los artículos 404 del Código Penal”.